lunes, 7 de marzo de 2011

¿Es obligatorio el uso de la Factura electrónica?

- Con la reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, se dispone que a partir del 1 de enero de 2011, inicie de manera paulatina el uso generalizado de la factura electrónica.
- De acuerdo a las disposiciones fiscales, si Facturas más de $4,000,000.00 al año a partir de 2011 debes facturar electrónicamente, tus comprobantes deben enviarse por internet al SAT (o a un proveedor de certificación) para que autorice su emisión y los selle, pero de acuerdo a las últimas disposiciones publicadas por el SAT si empiezas a facturar electrónicamente con los sistemas Aspel durante el 2010, podrás emitir indefinidamente Comprobantes Fiscales Digitales sin tener que comunicarte vía Internet con el SAT, ni pagarle a un proveedor, consulta: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_19202.html.
- Si tu empresa factura menos de $4,000,000.00 al año, en el 2011 podrás emitir facturas impresas sin pagar a un impresor, Aspel-SAE y Aspel-CAJA ContpaqI y Facturación Electrónica entre otros imprimen los comprobantes con todos los requisitos fiscales incluyendo el nuevo código de barras bidimensional.

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